Con la vuelta al colegio y el regreso a la rutina laboral, muchas familias necesitan ayuda para llevar o recoger a los niños del colegio, prepararles la comida o cuidarlos durante algunas horas al día.
Cuando una familia contrata directamente a una persona para realizar estas tareas en el ámbito del hogar familiar, el cuidado de los niños forma parte de las funciones que puede desempeñar una empleada de hogar.
Por tanto, aunque su trabajo se centre principalmente en el cuidado de los menores y trabaje solo unas horas al día, la familia debe cumplir con las correspondientes obligaciones laborales.
En esta guía explicamos los principales aspectos que debes tener en cuenta al contratar a una empleada de hogar para cuidar niños.
El cuidado de niños forma parte del empleo del hogar
El trabajo de una empleada de hogar no se limita a la limpieza de la vivienda.
Dentro de esta relación laboral también se incluyen las tareas relacionadas con el cuidado y atención de los miembros de la familia.
Por ello, una empleada de hogar puede ser contratada principalmente para cuidar a los niños, acompañarlos, preparar sus comidas o atender sus necesidades mientras los padres no están en casa.
También puede combinar estas funciones con otras tareas domésticas.
¿Hay que hacer un contrato?
Sí.
La relación laboral debe formalizarse correctamente y las condiciones acordadas deben quedar recogidas por escrito.
Entre otros aspectos, conviene especificar:
- La jornada de trabajo.
- El horario.
- El salario.
- Las funciones que realizará.
- La distribución de las pagas extraordinarias.
- Las condiciones relativas a vacaciones y descansos.
Definir correctamente las funciones resulta especialmente importante cuando el trabajo combina el cuidado de los niños con otras tareas domésticas.
¿Hay que dar de alta a la empleada en la Seguridad Social?
Sí.
La empleada debe estar dada de alta en la Seguridad Social desde el inicio de la relación laboral.
Esta obligación existe también cuando trabaja pocas horas a la semana.
Por ejemplo, si una empleada acude de lunes a viernes para recoger a los niños del colegio y permanecer con ellos hasta que regresen los padres, esas pocas horas de trabajo también deben estar correctamente regularizadas.
¿Puede recoger a los niños del colegio?
Sí.
Entre las funciones de cuidado pueden encontrarse tareas como:
- Llevar o recoger a los niños del colegio.
- Acompañarlos a actividades extraescolares.
- Permanecer con ellos hasta que regresen los padres.
- Prepararles la comida o la merienda.
- Atender sus necesidades habituales durante el tiempo de trabajo.
El centro escolar puede exigir que los padres autoricen previamente a la empleada para recoger a los menores. Esta autorización dependerá de las normas del centro y es independiente de la relación laboral.
¿Puede cuidar a los niños y realizar tareas domésticas?
Sí.
Una misma empleada puede encargarse del cuidado de los niños y realizar también tareas domésticas como limpieza, preparación de comidas, lavado o planchado.
Lo importante es que las funciones que debe realizar estén claras desde el comienzo de la relación laboral.
Si con el tiempo se producen cambios importantes en las tareas, la jornada o las condiciones de trabajo, conviene revisar si es necesario modificar las condiciones pactadas.
¿Qué salario corresponde a una empleada de hogar que cuida niños?
El salario dependerá de la jornada y de las condiciones de la relación laboral y deberá respetar, en todo caso, los mínimos legales vigentes.
Además, es importante determinar correctamente si corresponde aplicar un salario mensual o una retribución por horas, ya que no son dos sistemas entre los que el empleador pueda elegir libremente.
También deben tenerse en cuenta las pagas extraordinarias y el resto de conceptos salariales que correspondan.
¿Qué ocurre si solo trabaja unas horas después del colegio?
No existe un número mínimo de horas por debajo del cual desaparezcan las obligaciones laborales.
Una familia puede contratar a una empleada para trabajar únicamente unas horas al día o determinados días de la semana.
Por ejemplo, puede prestar servicios únicamente por las tardes para recoger a los niños, prepararles la merienda y permanecer con ellos hasta que regresen los padres.
Aunque la jornada sea reducida, deberán gestionarse correctamente el contrato, el alta en la Seguridad Social y el salario.
¿Y si necesito más horas durante las vacaciones escolares?
Es frecuente que las necesidades de cuidado cambien durante Navidad, Semana Santa o las vacaciones de verano.
Una empleada que durante el curso trabaja unas horas por la tarde puede necesitar ampliar temporalmente su jornada cuando los niños no tienen colegio.
Si cambia el número de horas de trabajo o la retribución, habrá que revisar las condiciones laborales y realizar las comunicaciones que correspondan.
No es recomendable modificar las horas o el salario de manera informal sin comprobar previamente las consecuencias laborales y de cotización.
Vacaciones, descansos y permisos
Que una empleada trabaje principalmente cuidando niños no modifica sus derechos laborales.
Le corresponden las vacaciones, descansos y permisos establecidos para las personas trabajadoras del servicio del hogar familiar.
Del mismo modo, trabajar a tiempo parcial tampoco elimina estos derechos.
Por ello, la organización familiar debe tener en cuenta que durante determinados períodos la trabajadora puede encontrarse de vacaciones o disfrutar de alguno de los permisos que legalmente le correspondan.
Errores frecuentes al contratar a una empleada para cuidar niños
Algunos de los errores más habituales son:
- Pensar que no es necesario hacer contrato porque solo trabaja unas horas.
- No tramitar el alta en la Seguridad Social.
- Considerar que las obligaciones son diferentes porque su función principal es cuidar niños y no limpiar.
- No dejar claras las funciones y el horario.
- Aplicar incorrectamente el salario por horas.
- Modificar la jornada o el salario sin realizar las gestiones necesarias.
Gestionar correctamente la contratación desde el principio evita muchos problemas posteriores.
Preguntas frecuentes
¿Tengo que darla de alta si solo recoge a los niños del colegio?
Sí. El hecho de trabajar únicamente unas horas al día no elimina la obligación de alta en la Seguridad Social.
¿Puede una empleada de hogar dedicarse únicamente al cuidado de los niños?
Sí. No es necesario que realice también tareas de limpieza. El cuidado de los miembros de la familia forma parte de los servicios que pueden prestarse dentro de la relación laboral especial del hogar familiar.
¿Puede hacer tareas domésticas además de cuidar a los niños?
Sí. Puede combinar el cuidado de los menores con otras tareas domésticas que formen parte de las funciones acordadas.
¿Puede trabajar únicamente algunas tardes a la semana?
Sí. La jornada puede ser parcial y adaptarse a las necesidades de la familia, siempre que la relación laboral esté correctamente formalizada.
Conclusión
El cuidado de niños forma parte de las actividades que puede realizar una empleada de hogar.
Por ello, cuando una familia contrata a una persona para cuidar habitualmente a sus hijos, recogerlos del colegio o atenderlos durante unas horas al día, debe gestionar correctamente la relación laboral.
Contrato, alta en la Seguridad Social, salario, jornada, vacaciones y demás derechos laborales deben aplicarse aunque la empleada trabaje pocas horas o se dedique exclusivamente al cuidado de los niños.
Si necesitas contratar a una empleada de hogar para cuidar a tus hijos o quieres asegurarte de que contrato, alta, salario y nóminas están correctamente gestionados, en Alkatia Services podemos ayudarte.