Baja voluntaria de una empleada de hogar: qué debe hacer el empleador en 2026

13 de julio de 2026

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Alkatia Services

La baja voluntaria de una empleada de hogar suele generar muchas dudas entre los empleadores. ¿Tiene que avisar con antelación? ¿Hay que pagar una indemnización? ¿Es necesario comunicar algo a la Seguridad Social?

En este artículo explicamos qué ocurre cuando una empleada de hogar decide finalizar la relación laboral por iniciativa propia y cuáles son las obligaciones del empleador en 2026.

¿Qué es una baja voluntaria?

La baja voluntaria se produce cuando es la propia trabajadora quien decide poner fin a la relación laboral.

A diferencia del despido, la decisión no parte del empleador, sino de la empleada de hogar, que comunica su voluntad de dejar el puesto de trabajo.

¿La empleada de hogar tiene que avisar con antelación?

Sí.

La normativa establece que la trabajadora debe respetar el plazo de preaviso que pueda haberse pactado en el contrato de trabajo.

Si no existe una cláusula específica, es recomendable que la comunicación se realice con una antelación razonable para facilitar la organización del empleador.

En cualquier caso, siempre es aconsejable que la baja voluntaria quede documentada por escrito.

¿Cómo debe comunicarse la baja voluntaria?

Lo más recomendable es que la trabajadora entregue un escrito firmado indicando:

  • Su voluntad de finalizar la relación laboral.
  • La fecha en la que dejará de prestar servicios.
  • La fecha de la comunicación.

De esta forma ambas partes disponen de una prueba clara de la decisión adoptada.

¿Hay que pagar indemnización?

No.

Cuando la extinción del contrato se produce por decisión de la trabajadora, el empleador no debe abonar ninguna indemnización.

La indemnización es una figura asociada a determinados supuestos de extinción por iniciativa del empleador, pero no a la baja voluntaria.

¿Hay que pagar finiquito?

Sí.

Aunque no exista indemnización, sí debe realizarse el correspondiente finiquito.

En el finiquito se liquidan las cantidades pendientes de pago, como por ejemplo:

  • Salario de los días trabajados del mes en curso.
  • Parte proporcional de pagas extraordinarias no percibidas.
  • Vacaciones generadas y no disfrutadas.
  • Otras cantidades pendientes que pudieran existir.

Por este motivo, es importante no confundir indemnización y finiquito, ya que son conceptos diferentes.

¿Qué ocurre con las vacaciones pendientes?

Si la trabajadora tiene vacaciones generadas y no disfrutadas en la fecha de finalización del contrato, estas deberán abonarse en el finiquito.

Por el contrario, si ya hubiera disfrutado más días de vacaciones de los que le correspondían, podría ser necesario regularizar la situación en el cálculo final.

¿Hay que comunicar la baja a la Seguridad Social?

Sí.

Una vez finalizada la relación laboral, el empleador debe tramitar la baja de la trabajadora en la Seguridad Social dentro del plazo establecido.

Esta gestión es obligatoria incluso cuando la extinción se produce por decisión de la empleada de hogar.

Errores frecuentes en las bajas voluntarias

Algunos de los errores más habituales son:

  • Pensar que no es necesario firmar ningún documento.
  • No conservar una comunicación escrita de la baja voluntaria.
  • Confundir finiquito con indemnización.
  • Olvidar tramitar la baja en la Seguridad Social.
  • Calcular incorrectamente las vacaciones pendientes.

Una correcta gestión de la extinción evita problemas posteriores y posibles reclamaciones.

Preguntas frecuentes

¿Puede una empleada de hogar dejar el trabajo de un día para otro?

Dependerá de las circunstancias y de lo pactado en el contrato. No obstante, es recomendable respetar el plazo de preaviso acordado para evitar perjuicios a la otra parte.

¿Hay que pagar indemnización cuando la empleada se marcha voluntariamente?

No. La baja voluntaria no genera derecho a indemnización.

¿Hay que hacer finiquito?

Sí. El empleador debe liquidar todas las cantidades pendientes que correspondan a la trabajadora.

¿Quién debe tramitar la baja en la Seguridad Social?

El empleador es quien debe comunicar la baja una vez finalizada la relación laboral.

Conclusión

Cuando una empleada de hogar presenta una baja voluntaria, el empleador no tiene que abonar indemnización, pero sí debe calcular correctamente el finiquito y tramitar la baja en la Seguridad Social.

Gestionar adecuadamente este proceso ayuda a evitar errores y garantiza que la finalización de la relación laboral se realice conforme a la normativa vigente.

Si necesitas ayuda para calcular un finiquito, preparar la documentación o gestionar la baja de una empleada de hogar, en Alkatia Services podemos ayudarte.

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