Recibir una diligencia de embargo de salario de una empleada del hogar puede generar muchas dudas.
¿Hay que aplicarlo obligatoriamente? ¿Qué parte del sueldo se puede embargar? ¿Qué ocurre si no se ingresa correctamente?
En esta guía te explicamos cómo funcionan los embargos salariales en el empleo doméstico y cuáles son las obligaciones del empleador.
¿Quién debe aplicar el embargo?
Cuando la Seguridad Social, Hacienda o un juzgado envían una diligencia de embargo, el responsable de aplicarlo es el empleador.
Esto significa que debe:
- Calcular la cantidad embargable
- Retenerla de la nómina
- Ingresarla al organismo correspondiente
- Continuar haciéndolo mientras el embargo siga vigente
El empleador no puede ignorar la notificación ni dejar que la trabajadora gestione el embargo por su cuenta.
¿Qué pasa si el empleador no aplica el embargo?
No aplicar correctamente un embargo puede tener consecuencias importantes.
El organismo embargante puede reclamar al empleador las cantidades que debería haber retenido e ingresado. Además, pueden generarse:
- Recargos
- Intereses
- Reclamaciones administrativas
Por eso es fundamental actuar correctamente desde el primer momento.
¿Qué parte del salario se puede embargar?
No todo el salario es embargable.
La ley protege una cantidad mínima equivalente al Salario Mínimo Interprofesional (SMI). A partir de ahí, se aplican porcentajes progresivos sobre el exceso.
Los tramos generales son los siguientes:
| Tramo salarial | Porcentaje embargable |
|---|---|
| Hasta 1 SMI | Inembargable |
| De 1 a 2 SMI | 30% |
| De 2 a 3 SMI | 50% |
| De 3 a 4 SMI | 60% |
| De 4 a 5 SMI | 75% |
| Más de 5 SMI | 90% |
El cálculo puede complicarse cuando existen pagas extras prorrateadas, jornadas parciales o varios empleadores.
¿Se puede embargar el kilometraje o los conceptos extrasalariales?
Es una de las dudas más frecuentes en el empleo doméstico.
Los conceptos extrasalariales, como el kilometraje o las dietas, compensan gastos y en principio no tienen naturaleza salarial. Sin embargo, algunas diligencias de embargo incluyen expresamente estos conceptos.
Por eso es muy importante revisar exactamente qué indica la notificación recibida y no aplicar criterios por cuenta propia.
¿Qué ocurre si la trabajadora ya ha pagado la deuda?
A veces la empleada del hogar paga directamente la deuda antes de que el embargo empiece a aplicarse en nómina.
Aunque exista justificante de pago, el empleador no debe dejar de aplicar el embargo sin confirmación oficial del organismo embargante.
Lo recomendable es:
- Solicitar justificante del pago
- Consultar con la Seguridad Social o el organismo correspondiente
- Esperar confirmación antes de paralizar las retenciones
¿Hay que responder a la diligencia de embargo?
Sí.
Normalmente el empleador está obligado a informar sobre:
- Si la trabajadora sigue empleada
- El salario que percibe
- La existencia de otros embargos
- Las cantidades retenidas
No responder puede generar responsabilidades adicionales.
Errores frecuentes en embargos de empleadas del hogar
Algunos errores muy habituales son:
- No contestar la diligencia
- Calcular mal la cantidad embargable
- No ingresar las cantidades retenidas
- Embargar más de lo permitido
- Dejar de aplicar el embargo sin confirmación oficial
¿Necesitas ayuda para gestionar un embargo de salario?
Gestionar correctamente un embargo en el empleo doméstico puede generar muchas dudas, especialmente cuando existen conceptos extrasalariales, varios embargos o pagos previos de la deuda.
Si quieres asegurarte de que todo está correctamente gestionado desde el principio, puedo ayudarte a calcular las cantidades embargables, responder las diligencias y gestionar toda la parte administrativa relacionada con el embargo.
Puedes contactar conmigo y te orientaré personalmente.